Carteles de campaña: el Municipio intimó a los candidatos y amenaza con multas
Bajo el título "intimación" el Intendente Cecilio Salazar anunció su decisión de emplazar a los espacios políticos cuyos candidatos compiten en las elecciones de octubre a retirar la cartelería de la vía pública. Quienes no cumplan o infrinjan la ordenanza serán sancionados.
Con fecha 28 de Septiembre de 2023 y la rúbrica de la Municipalidad de San Pedro comenzaron a cursar las intimaciones a candidatos, partidos políticos y alianzas electorales para que procedan a retirar todo tipo de cartelería en la vía pública.
Ocurrió tras la viralización del video en el que el Secretario de Seguridad, Dante Paolini, frenó su camioneta, colocó una escalera sobre una columna de alumbrado y quitó un cartel de propaganda electoral.
“Me dirijo a usted a los fines de intimarlo, para que en el término de 24 hs. desde la recepción de la presente, proceda al retiro de toda publicidad colocada en la vía pública en clara contradicción con la Ordenanza Municipal N° 4082/87″, indica el texto que el personal municipal debía entregar en cada sede partidaria.
En el segundo párrafo advierten “Todo bajo apercibimiento de la aplicación de las multas que prevé la Ordenanza N* 3.884 “Reglamento de Procedimientos, Faltas y Sanciones”, implicando la aplicación de la sanción decomiso del elemento publicitario y el cargo al infractor/a de abonar los gastos que demande al Municipio restablecer lo dañado”.
En el mismo texto reproducen el texto de la ordenanza que está vigente desde 1987, cuando la puja por la intendencia no se dirimía en el mundo digital ni en redes sociales. Las juventudes políticas solicitaban permiso a los propietarios de tapiales que había que blanquear y a veces lograban que algún letrista armara un pasacalles. Los afiches eran casi un artículo de lujo que llegaba siempre desde las sedes centrales.
Se repasa esta historia para advertir al oficialismo y a la oposición que a más de 30 años de aquella votación, casi todos o todos han violado la norma que votaron para preservar el arbolado y el alumbrado público. La polémica seguirá y los comentarios de los vecinos no cesarán porque son pocos los que deciden un sufragio tras ver la cara de alguien colgada de manera desprolija de un caño o en una lona sostenida por sogas.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 4082
Art. 1°: Prohíbase a las Instituciones Sociales, Deportivas, Partidos Políticos y cualquier otra asociación civil o comercial, además de lo dispuesto en los artículos 240*, 241*, 242*, 243*, 246*, 249*, 257* y 258*, de la Ordenanza N* 3.884 “Reglamento de Procedimientos, Faltas y Sanciones”, los anuncios que obstaculicen las señales de tránsito. Los anuncios colocados, fijados y/o pintados, en monumentos, estatuas, fuentes, edificios públicos. Los anuncios colocados, fijados y/o pintados en refugios cubiertos para peatones, postes de paradas de vehículos, de transporte de pasajeros, taxis, papeleras, pantallas y carteleras en la vía pública del dominio público y/o privado municipal sin autorización municipal. Los anuncios colocados, fijados y/o pintados en buzones, postes telefónicos o telegráficos, columnas de alumbrado público, casillas telefónicas, arboles y los postes de señalización del tránsito.-Los anuncios colocados, fijados y/o pintados en los cementerios y los muros que lo circundan. Los anuncios montados en columnas ubicadas en las rutas nacionales. Los anuncios suspendidos colgados en la vía pública con excepción de las banderas de remates que se coloquen en los respectivos locales o inmuebles.- La colocación, fijación, exhibición, distribución y/o ejecución de anuncios, sin permiso municipal. La colocación, fijación, exhibición y/o distribución, ejecución de anuncios en zonas prohibidas y/o todo otro lugar no autorizado por las reglamentaciones vigentes. Los anuncios comúnmente denominados “pasacalles”, suspendidos entre columnas de alumbrado publico o columnas y elementos de tendido de red eléctrica. Los anuncios colocados, fijados y/o pintados en cordones y calzadas señalizadas.
Todas las notificaciones enviadas terminan con un pronunciamiento en imprenta mayúscula y subrayado:
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