La Justicia favorece a deudores de créditos UVA: “La cuota no debe superar el 20, 30 % de ingresos”
Diversos fallos judiciales establecieron, como medida cautelar, que quienes obtuvieron ese tipo de créditos no deban pagar más que ese porcentaje de sus salarios para abonar las cuotas, que se dispararon a montos importantes por el proceso inflacionario. El abogado Daniel Spirópulos explicó la relevancia de la decisión de la Justicia.
La diferencia entre las proyecciones inflacionarias para los créditos UVA y la evolución del índice en los últimos años provocó que quienes obtuvieron créditos UVA vieran incrementos en las cuotas que superan el 500 por ciento, lo que transformó la posibilidad del acceso a la vivienda por esa vía en una verdadera pesadilla.
Fallos judiciales en Mendoza, Capital Federal y La Plata sentaron jurisprudencia que podrá ser utilizada para todos los casos: establecieron que las cuotas a pagar no pueden superar un porcentaje de los ingresos del deudor, en el orden del 20 al 30 por ciento de los salarios.
En algunos casos, las resoluciones fueron rechazadas por los jueces de primera instancia pero validadas en Cámara, donde los integrantes de diversos tribunale que fallaron de la misma manera entendieron que el índice UVA llevó las cuotas a montos que superan lo razonable.
El abogado Daniel Spirópulos explicó en Sin Galera la importancia de estas medidas cautelares y señaló que cualquiera que tenga un crédito UVA puede ir a la Justicia para obtener un fallo similar a estos.
Los créditos UVA permitían que personas con ingresos suficientes como para abonar una cuota pudieran acceder a la vivienda propia. Sin embargo, el proceso inflacionario disparó los montos y las cuotas ya se ubican por encima del 500 por ciento de lo inicial.
“Esto se transformó en una pesadillas, con créditos que eran de 2,6 millones que terminaron en 26 millones y con un importe final de 96 millones, una locura absoluta”, graficó Spirópulos.
El abogado aseguró que “esto es una situación abusiva, hay un abuso del derecho por parte del banco y además vulnera los derechos del consumidor”, poque “hay una situación no prevista, que es la inflación brutal”.
“Esto genera una situación de fuerza mayor que perjudica notoriamente la deudor y no al banco, que hace un pingüe negocio”, señaló Spirópulos y destacó que los fallos judiciales evitan que las cuotas provoquen que el deudor caiga bajo la línea de pobreza.
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