Rivas le contestó a Borgo: "El vivo es vivo hasta que el bobo quiere"
El concejal Martín Rivas remitió a La Opinión un texto con su respuesta a las expresiones que el secretario de Economía Roberto Borgo vertió tras la aprobación del Presupuesto 2025 en el Concejo Deliberante.
Por Martín Rivas*
Verdaderamente, la Política es una madre prolífica pues cuenta entre sus hijos desde los Vivos y Vivillos hasta los Bobos.
Aunque los Vivos no cesan en su avance, todo tiene un límite aun cuando presuponen la disponibilidad estratégica de Bobos capaces de levantar la mano sin objetar ni siquiera lo ilegal.
Estas reflexiones tienen su correlato en el reciente Presupuesto de la Administración del Municipio de San Pedro. Si bien la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº6769/58 y sus modificatorias indican:
ARTÍCULO 31: (Texto según Ley 12396) La formulación y aprobación del Presupuesto deberá ajustarse a un estricto equilibrio fiscal, no autorizándose gastos sin la previa fijación de los recursos para su financiamiento. Todo desvío en la ejecución del presupuesto requerirá la justificación pertinente ante el Organismo Competente del Poder Ejecutivo Provincial el que deberá expedirse de conformidad al procedimiento que establezca la reglamentación. La justificación a que se refiere este artículo, recaerá sobre el Funcionario que haya tenido a su cargo la responsabilidad de la ejecución presupuestaria de que se trate.
ARTÍCULO 36: (Texto según Ley 10260) No habiendo el Departamento Ejecutivo remitido el proyecto de Presupuesto antes del 31 de octubre, el Concejo podrá autorizar una prórroga para su remisión a solicitud del Departamento Ejecutivo, o proyectarlo y sancionarlo, pero su monto no podrá exceder el total de la recaudación habida en el año inmediato anterior.
Después de dos solicitudes de prórroga para la presentación del Presupuesto, Cálculo de Recursos, Ordenanza Impositiva para 2025, con la presunta colaboración de la Universidad Nacional de La Plata, finalmente, la documentación fue presentada a último momento, por lo cual resultó escaso el tiempo disponible para su estudio, más aún cuando la información se halla englobada en rubros incomprensibles, dificultado el análisis pormenorizado que facilite la decisión del Concejo y de los Mayores Contribuyentes. Para que un Presupuesto pueda interpretarse y analizar, debe presentarse debidamente pues no se puede ni debe depender de la pretendida sapiencia de un funcionario municipal.
En primer lugar, el Presupuesto Anual y Cálculo de Recursos se ha realizado en base a estimaciones inciertas, por cuanto no fueron aprobados los Presupuestos de la Nación y de la Provincia de Buenos Aires para 2025, motivo por el cual dichas jurisdicciones han prorrogado el presupuesto del año 2023, con más la Ley Impositiva de 2024, para la Provincia. Quizás hubiese resultado prudente la prórroga del anterior presupuesto, con la aprobación de la Ordenanza Impositiva.
Resulta ilógico el presupuesto formulado por la Municipalidad de San Pedro, toda vez que el 78.05 % de sus recursos provienen de la Coparticipación de Impuestos.
Con respecto al contenido del Presupuesto en cuestión, cabe el siguiente análisis:
Total del Presupuesto…………………….$ 41.432.441.057,83
Gastos totales anuales en personal ……$ 26.563.740.697,05
Relación de los haberes con el total presupuestado… 64,11 %
O sea que por cada $ 100.000 que entran al Municipio, $ 64.110 se emplean para pagar sueldos: es un Municipio gremial cuya principal finalidad es pagar sueldos.
A continuación, pasamos al análisis de lo previsto para cada Sector de la Administración:
Conducción Superior $ 306.854.075,84
Secretaría de Economía y Hacienda $ 1.948.123.342,94
Secretaría de Salud, incluyendo los
Tres Hospitales y Centros de Salud $ 18.986.831.936.56
Tribunal de Faltas $ 169.776.097,14
Servicio de la Deuda $ 980.816.914,15
Jefatura de Gabinete $ 890.809.588,13
Secretaría de Gobierno $ 689.382.351,40
Subsecretaria de Políticas de Género $ 279.388.492,23
Secretaria de Obras y Serv. Públicos $ 5.860.397.511,30
Secretaria Desarrollo de la Comunidad $ 2.292.231.886,20
Secretaria Producción Industria y Turismo $ 595.707.627,79
Secretaría de Modernización $ 2.387.651.069,88
Secretaria Turismo, Cult, Deport y Educ $ 2.970.136.964,66
Secretaría de Seguridad $ 2.143.780.347,27
Honorable Concejo Deliberante $ 930.552.942,38
Llaman poderosamente la atención los importantes recursos asignados aún a dependencias cuyas funciones no lo justificarían.
Si bien el Sistema Informático RAFAM prevé un detallado destino para facilitar tanto la comprensión como el control posterior de la ejecución de los recursos, se observa un englobamiento para los gastos, de manera que resulte imposible todo análisis.
Como ejemplo, podemos mencionar que en el rubro “Productos Químicos, Combustibles y Lubricantes para Salud, se han presupuestado $ 1.215.053.068,48
¿Cuánto se invertirá en Remedios, teniendo en cuenta que el Municipio administra tres Hospitales más los Centros de Salud? En el caso del Hospital Santa Lucía, Gobernador Castro y Centros de Salud, sólo se indica el rubro haberes.
Se manifiesta la realización compras centralizadas para sectores: se trata de una estrategia plausible; pero en el presupuesto, cada sector debe tener asignado los recursos rubros por rubros.
Con respecto a la actualización de las Tasas, Derechos y Otros Gravámenes Municipales, en primer lugar, cabe objetar el porcentaje de la actualización (100%), vista la baja en los índices económicos y la normalización gradual de la economía en el orden nacional.
La cobrabilidad de las tasas es cada vez más baja: no obstante, se aumentan desmedidamente sobrecargando a los contribuyentes cumplidores. Para su determinación se emplea el valor fiscal de las propiedades, en lugar de la determinación fehaciente del costo del servicio.
La Tasa de Seguridad e Higiene: es abusiva pues no se determina con base fehaciente para el cobro recurriendo a replicar en parte el Impuesto a los Ingresos Brutos de la Provincia.
En cuando la Tasa de la Red Vial del Partido, motivo de la reacción de los productores, cabe destacar su liquidación injusta y onerosa, además de la irregularidad en la prestación del servicio, puesto que hay caminos en los cuales jamás pasó una máquina en todo el año.
Los Servicios Sanitarios merecen similares consideraciones: son servicios de mala calidad por cuanto el agua potable escasea en diversos barrios y se desconoce su potabilización mediante el agregado de químicos aptos.
En Datos Abiertos la Web del Municipio informa que el análisis más reciente se realizó en Mayo de 2020. Se invirtieron $65.000.000,00 en la reparación del Tanque Copa en 2023 y la obra quedó abandonada, por lo cual no se dispone de una reserva de agua y las bombas trabajan en forma constante para el abastecimiento de la red.
El servicio cloacal es desastroso: se ha extendido en la Planta Urbana sin una adecuada planificación que asegure la disponibilidad de Plantas o Estaciones purificadoras, por cuyo motivo se vierten los efluentes crudos en el Riacho San Pedro, frente a la popa del ARA Yrigoyen contaminando con materia fecal el riacho San Pedro, hasta confluir con la salida mayor, frente al Puerto local contaminando el Río Baradero por lo cual las aguas llegan en ese estado hasta la vecina Ciudad. Cabe preguntarse ¿cómo pretendemos la condición de Ciudad de Turismo, cuando las aguas del río ofrecidas están contaminadas con heces humanas y deshechos? ¿En más de cuarenta (40) años, no se pudo hacer nada? En 2023 hubo una posibilidad de un préstamo BID con planificación del ENHOSA: mientras otros municipios están construyendo, aquí ni siquiera lo anunciaron.
Con respecto a los denominados “Fondos” adicionados a los tributos municipales cabe destacar que no corresponde su liquidación, pues la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58 y sus modificatorias, no los prevé. Se llega a la exageración de liquidar el 31,5% por este concepto y para significar el resultado, sobre un total presupuestado para Tasas de $ 3.407.270.981,41, los “Fondos” suman $ 4.099.312.532,37, suma que el Ejecutivo municipal gasta a discreción.
Además, se ha presentado y aprobado un expediente creando nuevos fondos, los cuales serían formados sobre el total de lo cobrado por el municipio. Cuando se pasa vista a la definición de lo cobrado al contribuyente por “Fondos”, ¡aparecen como parte de los tributos municipales, a cargo del Contribuyente!
Fondo para Medidores 3%
Fondo especial de Seguridad 5%
Fondo de Reparación Histórica del Palacio Municipal 2%
Fondo de Promoción de Fortalecimiento Productivo 5%
Fondo Especial para Obras y Servicios Públicos 16 %
Cabe destacar, además, el “Fondo Especial de Disposición Final de Residuos Sólidos Urbanos del 1,5%: es parte de la tasa ABL y no corresponde su cobro duplicado. El Municipio recibe en la Coparticipación una asignación para este destino el cual, para 2024 y hasta octubre, totalizó $ 39.485.968.00.
En el orden Municipal, se deben definir los servicios prestados y su costo, para establecer las Tasas y gravámenes de su potestad. La innovación en la creación de “Fondos”, disfraza la creación de impuestos, facilitando el gasto indiscriminado sin controles.
Estamos ante un Presupuesto y Ordenanza Impositiva completamente oscuros en los cuales se llega hasta el atrevimiento de autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal para incrementar bimestralmente tasas, derechos, patentes, cánones y/o contribuciones por el Índice de Precios al Consumidor (Art. 32 de la Ordenanza Impositiva Anual), pretensión ilegal por cuanto la Ley Orgánica de las Municipalidades dispone el llamado a la Asamblea de Mayores Contribuyentes a los efectos de producir aumentos en los tributos.
Asimismo, es inconstitucional lo dispuesto en el CAPÍTULO XX, Art. 28 por el cobro de un servicio de mantenimiento, conservación y reconstrucción de los accesos de ingreso y egreso de la ciudad y localidades del partido, definiendo como sujeto impositivo a Transportes de carga con bienes o servicios, por cada ingreso y egreso en el día, como asimismo a los Micros de Larga distancia por cada ingreso y egreso con pasajeros en el día. En primer lugar, porque el mantenimiento invocado corresponde a Vialidad provincial y en segundo lugar, para la atención de ese mantenimiento, se creó el Impuesto a los Automotores.
Contraviene lo dispuesto por la Constitución Nacional, en su artículo Nº10, cuando dispone la libre circulación por el país. El cobro por la entrada y salida de transportes con bienes o servicios y micros de pasajeros configura el establecimiento de una verdadera Aduana interna, contraviniendo además el Art. Nº 75 Inciso 13 de la Constitución Nacional.
Como ha manifestado el señor secretario de Hacienda, la Política tiene hijos Bobos… Pero no tan Bobos como para no darse cuenta de las tropelías de un gobierno municipal pésimo.
*el autor es concejal de Juntos por el Cambio
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