#TipsParaConsumidores: Qué podes reclamar en Defensa al Consumidor y qué no
La Oficina Municipal de Información al Consumidor, es un organismo público que fue creado teniendo en cuenta la necesidad de proteger y garantizar los derechos de los consumidores de nuestro Partido. En esta nota los detalles de lo que podes ir a reclamar a la oficina y aquellas cuestiones que no podrán ser resueltas.
La oficina de Defensa al Consumidor de nuestra ciudad, explicó algunas de las cuestiones por las que cotidianamente se asiste y explicó cuáles son aquellos reclamos en los que pueden intervenir y cuales quedan fuera de su jurisdicción:
Podes reclamar como consumidor siempre que adquieras un bien o un servicio para su uso personal (no cuando lo haces como comerciante o empresa). También pueden reclamar las personas jurídicas (cooperadoras escolares, asociaciones o fundaciones) cuando tienen problemas como consumidoras.
Podes reclamar toda aquella situación conflictiva y/o aquella que no cumpla con lo previsto en la relación de consumo, cuando compres un producto o contrates un servicio. Algunos ejemplos: cuando te vendieron un producto defectuoso, o no te reconocen la garantía posventa; cuando no te cumplen en tiempo y forma con el servicio contratado; cuando aparecen consumos no realizados; cuando sos víctima de maltrato en un local comercial.
Podes reclamar también ante casos de problemas con agencias de viajes, medicina prepaga, seguros sobre bienes y con problemas surgidos con entidades financieras (bancos, casas de préstamos, tarjeta de crédito). Previo a tu reclamo en Defensa del Consumidor, deberás realizar el reclamo previo ante el proveedor del bien o servicio. El plazo máximo para realizar un reclamo y poder ser tratado es de tres (3) años desde que se produce el incumplimiento o la infracción por parte del proveedor.
No podes reclamar ante Defensa del Consumidor, en estos casos:
- Sí tus datos fueron hackeados u obtenidos a través de mecanismos de phishing y/o maniobras telefónicas. Deberás realizar la denuncia ante la autoridad competente (Comisaría y/o Fiscalía de Turno).
- Sobre problemas derivados ante obras sociales. La ley tiene como autoridad de control a la Superintendencia de Servicios de Salud. Sí ya realizaste un reclamo ante otro organismo de control, debes seguir el reclamo con esa agencia gubernamental.
- Contratos de alquiler, leasing u otros entre particulares, no corresponden a Defensa del Consumidor.
- Reclamos por la contratación de un servicio de algún profesional universitario con matrícula habilitante (abogados, médicos, arquitectos, ingenieros, etc.), a excepción de la publicidad que hagan de sus servicios.
- Reclamos contra compañías aéreas que se refieran a demora o cancelación de vuelos, daño a las personas o a las cosas, o pérdida o sustracción de equipaje. Deben realizarse ante la ANAC.
Ante dudas o consultas, podes consultar al (03329) 424039 y/o a [email protected], de lunes a viernes de 08.00 a 14.00 horas.
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